¡Ya queda muy poco para celebrar las Fiestas Patrias 2026! Con el 18 cada vez más cerca, los preparativos toman fuerza y también aparecen las dudas sobre los feriados, los horarios de atención y el funcionamiento del comercio durante estos días de celebración.
Una de las fechas clave será el jueves 17 de septiembre, jornada en que los trabajadores del comercio deberán finalizar sus funciones, como máximo, a las 21:00 horas. Desde ese momento comenzará el descanso obligatorio, que se extenderá de manera continua hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre.
La medida se encuentra establecida por la Ley 19.973, que considera el 18 y 19 de septiembre como feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio. Por ello, los establecimientos que estén sujetos a esta normativa no podrán mantener a sus trabajadores en funciones después del horario establecido.
La situación es diferente para otros trabajadores del sector privado. Esto debido a que los horarios de salida durante la jornada previa pueden depender de los acuerdos establecidos entre cada empresa y sus trabajadores.
¿Qué comercios podrán abrir durante el 18 y 19 de septiembre?
Aunque gran parte del comercio deberá permanecer cerrado durante los feriados irrenunciables, existen actividades que sí están autorizadas para funcionar. Entre ellas se encuentran restaurantes, pubs, discotecas, casinos, cines y espectáculos en vivo. Además de las farmacias de urgencia o que se encuentren de turno.

